Normativa asociada a los Espacios Naturales Protegidos en la provincia La Altagracia: Mapa Conceptual

Introducción 

La provincia de La Altagracia forma parte de la Región del Yuma, ocupando una superficie de 2,998.4 km²; es la segunda más grande en tamaño de toda la República Dominicana. Está ubicada en el extremo oriental de la isla, limitando al Norte con el Océano Atlántico, al Este con el canal de La Mona, al Sur con la Isla Saona y el Mar Caribe, y al Oeste con las provincias de El Seibo y La Romana. Según la división política administrativa está constituida por dos municipios, Higüey y San Rafael del Yuma; y cinco distritos municipales: Las Lagunas de Nisibón, La Otra Banda, Verón – Punta Cana, Boca de Yuma y Bayahibe.

Entre sus unidades de conservación más reconocidas se encuentra el Parque Nacional Cotubanamá (antiguo Parque Nacional del Este), junto con otras áreas de interés biológico y costero-marino como la Isla Saona, la Reserva Ecológica Laguna de Bávaro, el Santuario Marino de Arrecifes del Sureste, entre otras.

El manejo, conservación y regulación de estos espacios se sustentan en un conjunto de normas jurídicas nacionales e internacionales, que conforman el marco legal ambiental dominicano. Dicho marco se estructura principalmente en torno a la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales (Ley No. 64-00), la Ley Sectorial de Áreas Protegidas (Ley No. 202-04) y diversas disposiciones complementarias, decretos y reglamentos emitidos por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, autoridad responsable de la administración del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP).

El conocimiento y aplicación de estas normativas resultan esenciales para garantizar la sostenibilidad ambiental, la protección de la biodiversidad, y el equilibrio entre el desarrollo turístico y la conservación de los recursos naturales en una provincia que constituye el corazón del turismo dominicano.

Desarrollo

Sobre área protegida.

De acuerdo a la ley sectorial No. 202-04 de áreas protegidas se define Área natural protegida como una porción de terreno y/o mar especialmente dedicada a la protección y mantenimiento de elementos significativos de biodiversidad y de recursos naturales y culturales asociados (como vestigios indígenas) manejados por mandato legal y otros medios efectivos.

Esta misma ley define la Conservación como el conjunto de acciones que permiten mantener en su estado natural o que tienden a la recuperación de los ecosistemas naturales para asegurar actividades productivas, recreativas o de preservación sostenibles que en el largo plazo no signifiquen alteraciones irrecuperables o irreversibles en los ecosistemas o el ambiente.

La provincia La Altagracia cuenta con nueve áreas protegidas, agrupadas en cuatro categorías de manejo que son las siguientes: Área de Manejo de Hábitat/Especies, Monumento Natural, paisaje Protegido y Parque Nacional, ocupando una superficie de 457.76 km² equivalente al 15.27% del área total de la provincia. Posee una destacada riqueza ecológica y paisajística que la convierte en una de las zonas con mayor concentración de Áreas Naturales Protegidas (ANP) del país.

Parque Nacional Cotubanamá, anteriormente Parque del Este

El Parque Nacional del Este fue declarado como tal por el Decreto No.1311, del 16 de septiembre de 1975, y se encuentra localizado en el extremo suroriental del país, en la provincia La Altagracia, entre las poblaciones de Boca de Yuma y Bayahíbe. Tiene una superficie de 808 Km2, de los cuales 420 Km2 son terrestres y 388 Km2 corresponden a la parte marina. Es el parque nacional más visitado por turistas debido a que posee grandes atractivos y está localizado en el centro de importantes complejos turísticos.

Cotubanamá fue un indígena nacido y criado en el cacicazgo de Higüey, asentamiento taíno enclavado en el área comprendida al Este del río Yuma, con su desembocadura; al Oeste, la desembocadura del río Chavón y la isla Catalina; al Norte, tierra firme, y al Sur, la isla Saona y el paso Catuano, zona geográfica que casi coincide con lo que hoy es el parque del Este; es uno de los caciques indígenas de mayor trascendencia de América, sus hechos así lo acreditan, al haberse rebelado contra la dominación española en defensa del derecho a la vida de los habitantes de su cacicazgo.

Es la ley 519-14 del 8 de octubre de 2014 que designa con el nuevo nombre de Parque Cotubanamá al Parque Nacional del Este, considerado el área natural protegida mas importante de la provincia La Altagracia.

Normas específicas y decretos aplicables a ANP (ejemplos relevantes en La Altagracia)

  • Decreto No. 1311 (16 sept. 1975) — declaratoria original que creó lo que fue el Parque Nacional del Este.
  • Ley No. 519-14 (8 oct. 2014) — designa con el nombre Parque Nacional Cotubanamá al Parque Nacional del Este (cambio de denominación y reconocimiento legislativo).

Otras áreas naturales protegidas en la provincia La Altagracia son:

·         Isla Saona en el municipio de San Rafael del Yuma

·         Reserva Ecológica Laguna de Bávaro en el Distrito Municipal de Punta Cana.

 

Versión grafica de Mapa Conceptual Áreas Naturales Protegidas en La Altagracia  


Conclusión

El sistema normativo que rige los Espacios Naturales Protegidos de la provincia La Altagracia representa un pilar jurídico fundamental para la protección del patrimonio natural y cultural de la República Dominicana. A través de la Ley 64-00, la Ley 202-04, los decretos de declaratoria y los reglamentos de co-manejo, se establece un marco integral que define las competencias institucionales, las categorías de manejo y los mecanismos de participación ciudadana y comunitaria.

Este cuerpo normativo garantiza que los procesos de conservación y aprovechamiento sostenible se desarrollen bajo principios de precaución, responsabilidad ambiental y desarrollo sostenible, alineados con los compromisos internacionales de conservación y biodiversidad. No obstante, la efectividad de estas normas depende de su aplicación rigurosa, de la educación ambiental de las comunidades locales, y de la articulación entre los actores públicos, privados y sociales.

En conclusión, el fortalecimiento institucional, la planificación territorial y el respeto a la normativa ambiental son condiciones indispensables para asegurar que La Altagracia continúe siendo un modelo de equilibrio entre turismo responsable, conservación y desarrollo sostenible.

Fuentes Consultadas

  • Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales — Áreas Protegidas, ficha provincial La Altagracia.
  • Ley No. 64-00 — Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales (texto oficial).
  • Ley No. 202-04 — Ley Sectorial de Áreas Protegidas (texto oficial).
  • Decreto No. 1311 (16-sep-1975) — declaratoria original Parque Nacional del Este (documentos históricos / gaceta).
  • Ley No. 519-14 (08-oct-2014) — Designa Parque Nacional Cotubanamá al Parque Nacional del Este.
  • Reglamento para la Declaratoria de Áreas Protegidas Privadas (resolución / reglamento aplicable).
  • Reglamento para el Co-Manejo de Áreas Protegidas (documento técnico del MARN). 

 

Anexos

Parque Nacional Cotubanama 
Parque Nacional Cotubanama

      Isla Saona

Laguna Bavaro






 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


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