Mapa Conceptual y Ensayo crítico sobre organización Gobierno Municipal.
Introducción
En República Dominicana cada cuatro años se elige un
gobierno nacional que encabeza, como Poder Ejecutivo, los poderes del estado. El
sistema es presidencialista y el mandatario es elegido con el 50+1 de los votos
de toda persona mayor de 18 años.
El gobierno central tiene responsabilidad a nivel
macro que trazar las políticas municipales pero el país cuenta con 157
ayuntamientos de los municipios y 234 Juntas Distritales pertenecientes a municipios.
Es decir, el país está dividido políticamente en Provincias, Municipios, Distritos Municipales, Secciones y Parajes. Las Provincias tienen gobernadores, los Municipios tienen alcaldes y los Distritos Municipales tienen directores municipales.
Los ayuntamientos
En la Republica Dominicana la ley que rige los
ayuntamientos es la ley 176-07. Según la ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios,
las responsabilidades de los ayuntamientos abarcan una amplia gama de
funciones, desde la administración y gestión de bienes públicos hasta la
prestación de servicios esenciales y la promoción del desarrollo local. A continuación, se detallan algunas de las responsabilidades
principales:
·
Tienen
plena capacidad jurídica para adquirir, poseer, enajenar, gravar o permutar
todo tipo de bienes, celebrar contratos, establecer y explotar obras y servicios
públicos, así como ejercer acciones legales y recursos.
·
La Ley
176-07 establece la obligación de los ayuntamientos de gestionar y administrar
los bienes municipales de forma eficiente, conforme a las leyes y ordenanzas
municipales.
·
Los ayuntamientos deben aprobar los planes de desarrollo operativos
anuales y los instrumentos de ordenamiento del territorio. Esto incluye la
gestión del suelo, la ejecución y disciplina urbanística.
- Deben
normar y gestionar el mantenimiento y uso de áreas verdes, parques y
jardines.
- Los
ayuntamientos son responsables de prestar servicios públicos
domiciliarios. Esto incluye servicios básicos como agua potable,
saneamiento, y otros servicios que puedan ser establecidos por ley.
- La transparencia en la gestión municipal debe ser un principio rector en todas las iniciativas del ayuntamiento.
Concejo Municipal
El Concejo Municipal, que es el órgano deliberante del ayuntamiento,
tiene la responsabilidad de fiscalizar las unidades de gestión y administración
de las entidades territoriales adscritas al municipio.
En el caso de Higüey, municipio principal de la provincia La Altagracia,
el Concejo Municipal está integrado por trece regidores, de diferentes corrientes
políticas, con funciones tales como:
- Esta
fiscalización incluye a los organismos autónomos que dependan del
ayuntamiento y las empresas municipales.
- Aprobar y
controlar los planes y proyectos de desarrollo local.
- Acordar
el régimen de organización interior de la municipalidad.
- Dictar,
modificar y derogar los acuerdos y ordenanzas municipales de competencia.
- Crear,
modificar, suprimir contribuciones, arbitrios y derechos o exonerar de
ellos, conforme a la Constitución y la ley.
- Votar y
aprobar el presupuesto que le somete el alcalde, así como evaluar y
controlar su ejecución.
- Aprobar la cuenta general del ejercicio anual del presupuesto y la memoria.
Dirección Distrital
Corresponde a
la figura ejecutiva en los distritos municipales, equivalente al alcalde en el
municipio. De conformidad con el Artículo 79 de la Ley 176-07:
- Es responsable de administrar los recursos
del distrito municipal.
- Ejecuta los acuerdos de la Junta de Vocales.
- Representa al distrito municipal ante
terceros.
- Administra los bienes y servicios del
distrito.
Junta de
Vocales
Es el órgano
normativo y de fiscalización del distrito municipal, análogo al Concejo de Regidores,
pero en el ámbito del distrito. Según el Artículo 81:
- Aprueba el presupuesto y los planes de
inversión del distrito.
- Fiscaliza las acciones de la Dirección
Distrital.
- Emite resoluciones sobre asuntos del distrito.
- Tiene autoridad para emitir votos de censura o remover al director distrital bajo causales legales.
Ø Constitución
de la Republica Dominicana (2010)
Ø Ley 176-07 del
Distrito Nacional y los Municipios
Comentarios
Publicar un comentario