Ensayo Final sobre el Modelo de Ordenamiento Territorial en la Republica Dominicana
Índice
Introducción………………………………………………………………. Pág. 2
Desarrollo
Sobre la República Dominicana…………………………………………...
Pág. 3
Marco Legal sobre Ordenamiento
Territorial en República Dominicana… Pág. 5
Implicaciones Sociales Y Económicas
del OT en República Dominicana. Pág. 7
Implicaciones Ambientales del OT
en República Dominicana.................. Pág. 8
Conclusión………………………………………………………………. Pág.10
Recomendaciones…..…………………………………………………… Pág. 11
Bibliografía………………………………………………………………. Pág. 13
Anexos……………………………………………………………………. Pág. 14
Introducción
El siguiente ensayo tiene por objeto presentar una panorámica
sobre el modelo de Ordenamiento Territorial que esta en proceso de aplicación en
la Republica Dominicana. Desde el año 2022 el país caribeño ha dado pasos
firmes en la elaboración de una ley, y su reglamento, que pueda ser aplicada
para la organización de las demarcaciones en las tres regiones del país.
La organización del territorio dominicano es un mandato
establecido en su constitución. El artículo 193 de la carta magna establece que
dominicana es un Estado unitario cuya organización territorial tiene como
finalidad incentivar su desarrollo integral y equilibrado de los habitantes.
Los primeros reglamentos sobre Ordenamiento Territorial
en la República Dominicana data del año 1943 con la aprobación de la Ley
num.344 que establece un procedimiento especial para las expropiaciones
intentadas por el Estado y el Distrito de Santo Domingo.
Posteriormente, se promulgó la Ley núm.675, del 14 de
agosto de 1944, sobre Urbanización, Ornato Público y Construcciones, y
diecinueve años más tarde, entró en vigencia la Ley núm.6232, del 25 de febrero
de 1963, que establece un proceso de planificación urbana e introduce
modificaciones orgánicas a las instituciones municipales.
En la actualidad el país camina sobre una nueva ley de
Ordenamiento Territorial que será aplicada en todo el territorio nacional,
dejando claro que este tema no podía esperar más si existía la voluntad política
de organizar nuestro territorio y proteger los recursos naturales que nos rodean.
En este estudio analizamos las implicaciones sociales,
ambientales y económicas una vez inicie la implementación de este plan de
Ordenamiento Territorial en República Dominicana, al tiempo que expresamos
recomendaciones especificas para la zona turística de Punta Cana, que ha sido
elegida por las autoridades gubernamentales, como uno de los territorios
principales donde iniciara en nuevo plan de Ordenamiento Territorial.
Desarrollo
Sobre la República Dominicana
La
República Dominicana es un país de América situado en el Caribe, ubicado en la zona central de las Antillas; ocupa la parte central y oriental de la isla La Española. Su capital y ciudad más poblada es Santo Domingo, limitando al norte con el océano Atlántico, al este con el canal de la
Mona, que lo separa de Puerto Rico, al sur con el mar Caribe, y al oeste con Haití, que es el otro país situado en La Española. Con 48, 448 km y una población superior a los doce millones de habitantes
es el segundo país más extenso de los países insulares caribeños, después de Cuba, y el tercero más poblado, después de Haití y Cuba.
El territorio dominicano ofrece un aspecto montañoso
en su mayor parte, con cuatro ejes orográficos principales, orientados de
poniente a levante, siendo la cordillera Central la más importante de la isla, donde se localiza
el Pico Duarte con 3087 m, la máxima elevación de las Antillas. Otros sistemas montañosos son la cordillera Septentrional, la cordillera Oriental, la sierra de Yamasá, la sierra de Samaná, la sierra de Bahoruco, la sierra de Neiba y la sierra Martín García.
Entre esos
sistemas montañosos existen grandes valles como el Valle del Cibao, Valle de Bonao, Valle de Neiba, Valle de San Juan, Valle de Villa
Altagracia, Valle de Constanza, Valle de Jarabacoa, Valle de Rancho Arriba,
Valle de Río Limpio y Valle de Tireo.
La parte Este del país
es elogiada por sus hermosas playas, convirtiéndose en la principal receptora
de turistas ya que en dicha región están ubicadas las provincias turísticas de
La Romana y La Altagracia, esta última, es la que anida a Punta Cana principal polo
turístico del país.
El
territorio de la República Dominicana está dividido administrativamente en 31 provincias y un Distrito Nacional, las cuales a su vez
están subdivididas en un total de 158 Municipios y 231 Distritos Municipales.
Las
llanuras costeras del sur y el Valle del Cibao son las zonas más densamente
pobladas del país. La ciudad capital, Santo Domingo, tenía una población de 3,014,000
habitantes en 2019. Otras ciudades importantes son Santiago de los Caballeros
(pobl. 756 098), La Romana (pobl. 250 000), Puerto Plata (pobl.
286 558), San Pedro de Macorís, San Francisco de Macorís y La Vega.
El territorio dominicano ofrece un aspecto montañoso
en su mayor parte, con cuatro ejes orográficos principales, orientados de
poniente a levante, siendo la cordillera Central la más importante de la isla, donde se localiza
el Pico Duarte con 3,087 mts, la máxima elevación de
las Antillas. Otros sistemas montañosos son la cordillera Septentrional, la cordillera Oriental, la sierra de Yamasá, la sierra de Samaná, la sierra de Bahoruco, la sierra de Neiba y la sierra Martín García. Entre
esos sistemas montañosos existen grandes valles como el Valle del Cibao, Valle de Bonao, Valle de Neiba, Valle de San Juan, Valle de Villa
Altagracia, Valle de Constanza, Valle de Jarabacoa, Valle de Rancho Arriba,
Valle de Río Limpio y Valle de Tireo.
Las aguas interiores (ríos y lagos) representan el 1.6 % del territorio nacional. Hay numerosas
cuencas fluviales, y entre ellas existen algunas que, por el volumen de agua
que transportan, las dimensiones territoriales que abarcan y por el uso que se
les da a sus aguas, se consideran las más importantes.
Las grandes cuencas fluviales dominicanas son las de los ríos Yaque del Norte, Yuna, Yaque del Sur, Ozama y Artibonito. Los lagos y lagunas son el Lago Enriquillo, Laguna Redonda, Laguna Limón, Laguna Rincón o Cabral y Laguna de Oviedo.
La
República Dominicana tiene un clima predominantemente tropical donde las lluvias son abundantes, una temperatura media
entre los 25 y 35 °C, con pocas excepciones en regiones con una gran
altitud, como en Valle Nuevo, donde la temperatura puede descender hasta –3 °C en invierno.
Su sistema político es una democracia representativa cuyos poderes se encuentran divididos en tres: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial. El presidente nombra al Gabinete, ejecuta las leyes provenientes del Poder Legislativo
y es el comandante en jefe de las Fuerzas Armadas. El presidente y el
vicepresidente se postulan bajo la misma candidatura y son elegidos por voto
directo cada cuatro años.
El Poder Legislativo está conformado por el Congreso Nacional de la República Dominicana en dos cámaras: el Senado con 32 escaños y la Cámara de Diputados con 195 escaños.
En las provincias son designados por el presidente
Gobernadores y en el Municipios y Distrito Municipales son elegidos cada cuatro
años alcaldes y directores de junta distritales, respectivamente, por el voto
popular de las poblaciones.
Marco legal sobre Ordenamiento Territorial en la República
Dominicana
La organización del territorio dominicano es un mandato
establecido en su constitución. El artículo 193 consagra como principio de
organización territorial lo siguiente: “La República Dominicana es un Estado
unitario cuya organización territorial tiene como finalidad propiciar su
desarrollo integral y equilibrado y el de sus habitantes, compatible con sus
necesidades y con la preservación de sus recursos naturales, de su identidad
nacional y de sus valores culturales. La organización territorial se hará
conforme a los principios de unidad, identidad, racionalidad política,
administrativa, social y económica”.
Los primeros reglamentos sobre Ordenamiento Territorial
en la República Dominicana data del año 1943 con la aprobación de la Ley
num.344 que establece un procedimiento especial para las expropiaciones
intentadas por el Estado y el Distrito de Santo Domingo.
Posteriormente, se promulgó la Ley núm.675, del 14 de
agosto de 1944, sobre Urbanización, Ornato Público y Construcciones, y
diecinueve años más tarde, entró en vigencia la Ley núm.6232, del 25 de febrero
de 1963, que establece un proceso de planificación urbana e introduce
modificaciones orgánicas a las instituciones municipales.
Desde entonces y hasta nuestros días el territorio
dominicano ha crecido no solo en número de habitantes, sino que su composición geografía
se ha expandido a lo largo y ancho de toda la isla. Hoy en día son 32 provincias
y un Distrito Nacional, unos 158 municipios y 231 Distrito Municipales.
Esto ha dado origen a un nuevo marco legal de Ordenamiento
de Territorial ajustado a la realidad geográfica y poblacional de la Republica
Dominicana de este tiempo. Por lo tanto, en el año 2022 bajo en mandato presidencial
del licenciado Luis Rodolfo Abinader Corona, presidente actual de la República,
se ha aprobado la Ley 368-22 sobre Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y
Asentamientos Humanos.
Dicha ley, una vez entre en vigencia, regulará la organización
territorial de la isla, determinando las directrices sobre el uso de suelo y delimitando
los asentamientos humanos.
Definiciones de Ordenamiento Territorial
Según las leyes y reglamentos promulgados en la República
Dominicana tenemos diferentes definiciones sobre Ordenamiento Territorial. Veamos
algunas de estas definiciones:
·
Conjunto Normativa para la regulación de los
territorios. Esta definición está contenida en la ley 6232 de
1963 que fue la primera en darle una descripción al termino Ordenamiento
Territorial, ya que la anterior solo se centró en establecer unas normativas
sobre urbanización y ornato público.
·
Es un
proceso continuo impulsado por el Estado, que integra instrumentos de planificación
y gestión participativa hacia una organización, a largo plazo, del uso del
suelo y la ocupación del territorio, acorde a sus potencialidades y
limitaciones, y a las expectativas y aspiraciones de la población, al igual que
a los objetivos de desarrollo para mejorar la calidad de vida.
Esta definición
mucho más explícita se obtiene de la más reciente ley 368-22 que será aplicada
en todo el territorio nacional. Como se indica responsabiliza al Estado de
impulsar la planificación y la organización del territorio.
Pero al
mismo tiempo, hay una tercera definición en los instrumentos legales de ordenamiento
en nuestro país y vale la pena compartirlo.
·
Conjunto de normativas para la organización
territorial de la zona turística de Punta Cana.
Esta definición
se deriva de la resolución 007- 2012 que norma el ordenamiento territorial en
la zona turística de Punta Cana. Esta normativa fue aplicada por el Ministerio
de Turismo y ha sido la utilizada para la regulación del uso de suelo en Punta
Cana.
Plan Nacional de Ordenamiento Territorial (PNOT) en República
Dominicana
Ha sido concebido como un documento de política que
orienta las decisiones de carácter nacional acerca del uso del territorio,
compatibilizando las diferentes políticas sectoriales, con el objetivo de
gestionar y aprovechar sus recursos para alcanzar el desarrollo sostenible,
promover la cohesión territorial y mejorar las condiciones de vida de los
habitantes de la Republica Dominicana.
Además, el proceso del PNOT se desarrolla en un
contexto en el cual las acciones de la comunidad internacional hasta 2030 están
orientadas al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), centrados
en la inclusión social, la sostenibilidad ambiental, la creación de empleo y
trabajo decente, y el respeto de los derechos fundamentales de las personas.
Las propuestas del PNOT son pautas para los planes de
ordenamiento territorial y uso de suelo que se realicen en las escalas
sub-nacionales y representa la expresión espacial en el territorio de los ejes
estratégicos estipulados en términos sociales, económicos y ambientales. Dicho
plan aborda tres ejes prioritarios:
1. Asentamientos humanos: referido a la calidad
del hábitat y a la relación asentamiento humano- territorio.
2. Protección y gestión del
medioambiente: desarrollado considerando los distintos tipos de comportamiento
que se experimentan en la relación sociedad-naturaleza.
3. Competitividad y cohesión
territorial: referida al logro de una estructura básica productiva
articulada al mercado local y la economía global. Además, al acceso de
oportunidades de la población en el territorio, basado en la relación Estado-
sociedad.
Al mismo tiempo se
plantean los siguientes ejes transversales:
a) Adaptación al
Cambio Climático y Gestión de Riesgo
b) Enfoque de
Género
c) Enfoque de
Derechos Humanos
d) Participación
social
Implicaciones Sociales y Económicas del Ordenamiento
Territorial en República Dominicana
Uno de los conceptos sobre Ordenamiento Territorial de
acuerdo a la Ley Orgánica de Venezuela, es que el OT es una regulación y promoción
de la localización de los asentamientos humanos, de las actividades económicas
y sociales de la población, así como el desarrollo físico espacial, con el fin
de lograr una armonía entre el mayor bienestar de la población, la optimización
de la explotación y uso de los recursos naturales y la protección y valorización
del medio ambiente, como objetivos fundamentales del desarrollo integral'
(Congreso de la República de Venezuela, 1983).
Esta es la más clara definición para empezar explicando
las implicaciones y el impacto social y económico que tiene el ordenamiento
territorial en la República Dominicana.
La sociedad dominicana está dividida en dos clases
sociales: ricos y pobres, aunque hay una denominada “clase media” que se ubica
en medio de las antes mencionadas por los indicadores de la economía nacional.
La clase más pudiente vive en residenciales privados y
en los sectores mejores organizados del país, pero la clase menos pudiente, los
de “pie descalzo” son asentamientos humanos que viven en extrema pobreza en
barrios sin acceso a los servicios básicos de agua potable y energía eléctrica.
Esta última clase representa aproximadamente el 30% de la población dominicana.
La aplicación de un plan de OT para la clase social menos
pudiente en el país implica movilización de personas y sus propiedades para el rescate
de áreas verdes, espacios públicos y mejor movilidad de tránsito. Tenemos demarcaciones
que han crecido sin planificación, y ordenarlas tiene un costo político un
tanto alto.
De ahí es que decimos que ha sido por falta de voluntad
política, mas que por falta de recursos económicos, que desde la fundación de
la República no se había aplicado un plan real de ordenamiento territorial en
el país.
Pero es muy necesario, sea al costo que sea, nuestro
territorio no puede seguir expandiéndose sin un plan de ordenamiento que
especifique y corrija los males del pasado. Es tiempo de no seguir viendo
asentamientos urbanos rodeados de estaciones de combustibles, hospitales colindando
con fabricas y plantas de blocks y agregados; escuelas y colegios en zonas vulnerables,
entre otros adefesios territoriales.
Un plan de OT favorece a los munícipes, impacta de
manera positiva la economía de las familias y mejora la calidad de vida de la
gente. Mientras se zonifique de manera correcta los territorios las comunidades
darán mejor y mayor uso al suelo, aprovecharan los espacios, y en consecuencia esas
implicaciones impactaran positivamente la economía de las familias.
La aplicación del plan de OT debe ser sin “politiquería”,
sino apegado a la ley y sus reglamentos favoreciendo el bien común de todos y
no particular de una clase social económica especifica.
Implicaciones ambientales del Ordenamiento Territorial
en República Dominicana
La ley general
de Medio Ambiente y Recursos Naturales declara
de interés nacional la conservación de los recursos naturales, el medio
ambiente y el patrimonio nacional. Por lo tanto, uno de los ejes principales en
la aplicación de un plan de Ordenamiento Territorial es la conservación y preservación
del medio ambiente y los recursos naturales de la isla.
Las políticas nacionales de conservación de la
biodiversidad se enmarcan dentro de las leyes 64-00 y 202-04, General de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, y Sectorial de Áreas Protegidas,
respectivamente, bajo las cuales opera el Sistema Nacional de Áreas Protegidas
(SINAP), conformado por 125 unidades de conservación, clasificadas en seis
categorías y trece subcategorías de manejo. Los planes de manejo formulados de
conformidad con dichas categorías y subcategorías, constituyen el principal
instrumento legal de gestión y de ordenación territorial del SINAP, que abarca
una superficie terrestre de 12,441.42 km², equivalente al 25.81% del territorio
nacional (dentro de este total se incluye una superficie marina de 45,890.22
km².
Dentro de estas unidades de conservación del SINAP
están protegidas muestras representativas de gran parte de los principales
ecosistemas y más del 90% de las especies de flora y fauna endémicas reportadas
en el país28. Además, es allí donde se localiza la mayor parte de la cobertura
boscosa y las cabeceras de los principales ríos del país. Se estima que los
servicios ecosistémicos que ofrece el Sistema Nacional de Áreas Protegidas
representan el 4.5% del PIB.
Por
consiguiente, la zonificación es una herramienta del OT que debe estar aliada al
respeto y sostenibilidad del medio ambiente. La señalización de las áreas
protegidas o no urbanizables debe ser estrictamente señaladas dentro del plan.
El
hecho de que un territorio cuente con áreas protegidas o no urbanizadas no significa
que no sean de provecho en un plan de ordenamiento territorial. Lo que el plan
debe contemplar dos aspectos importantes: el primero, la protección de la biodiversidad
existente, y segundo, un uso responsable del suelo sin daño colateral e impacto
ambiental negativo.
La
economía de la República Dominicana actualmente es de servicios, siendo la
principal actividad económica el turismo. Esto implica que varias provincias turísticas
sean las que mas aporten al Producto Interno Bruto (PIB) de la nación, tal es
el caso del Distrito Turístico Verón-Punta Cana, un enclave turístico perteneciente
a la provincia La Altagracia, al este de la isla.
Punta
Cana cuenta con mas de 54 mil habitaciones hoteleras, complejos turísticos como
Puntacana Resorts & Club y Cap Cana, utilizados por grandes figuras y
personalidades del mundo como segunda vivienda o su destino de vacaciones. Cada
año por el aeropuerto internacional de Punta Cana arriban entre 5.5 y 6 millones
de visitantes, lo que representa el 60% de los que se reciben en la nación.
Armar
toda una infraestructura hotelera de esa categoría en una misma zona donde también
convergen áreas protegidas, manglares, lagunas y un litoral playero representa
un reto para las autoridades locales y del gobierno central. La construcción de
hoteles, villas y apartamentos no se detienen ni se detendrán porque el número
de visitantes aumentan cada año. Ahora bien, la implementación del plan de OT
obliga a respetar los límites medioambientales, la creación de riquezas nunca podrá
ser sobre la base de deterioro y el irrespeto al medio ambiente, todo lo
contrario, el turismo se hace cada vez más sostenible si es amigable al medio
ambiente.
Un
régimen de consecuencia tendrá que establecerse para los que no quieran acogerse
a las leyes y disposiciones. La aplicación de un plan de OT traerá implicaciones
negativas para ciertos sectores de la economía nacional que han construido sus
fortunas sobre la base del desorden, al margen de las leyes y en enemistad con
el medio ambiente.
En
tal virtud, es necesario la integración de las fuerzas vivas de la sociedad. Las
comunidades deben formar parte de las discusiones, los foros y las mesas técnicas
que se realizan previo a la implementación del plan de OT porque en la medida
que todos participan, así todos tendremos pleno conocimiento de lo conveniente
y beneficioso para las mayorías.
Mapa
del Sistema Nacional de Áreas Protegidas en RD. Fuete: Ministerio de Medio
Ambiente.
Conclusión
La República Dominicana esta a la espera de la aprobación de un reglamento para la aplicación de la ley 368-22 sobre Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos. El presidente de la República ha dado instrucciones que dos provincias sean las primeras en ser utilizadas como plan piloto en la ejecución de dicha ley y una de estas provincias es La Altagracia, con la orden que el territorio a intervenir es el Distrito Municipal Turístico de Verón-Punta Cana.
A este momento esta demarcación territorial ha sido
normalizada mediante una resolución emitida por el Ministerio de Turismo que
solo se limita a normalizar de manera parcial el uso de suelo y las
construcciones en la franja hotelera.
Pero no muy distante de aquellas infraestructuras de
hoteles y resorts imperan el desorden y la arrabalización, el caos en el transito
vehicular por falta de vías alternas y una zonificación de las áreas urbanizables,
comerciales e industriales.
En provincias como La Altagracia los Ayuntamientos y el
gobierno central tendrán que trabajar de la mano para la reorganización de las
comunas, la inversión en millones de dólares será cuantiosa especialmente en la
construcción de infraestructuras viales que reordenen el tránsito.
En los últimos 10 años la población dominicana se
desplaza al este, a las provincias turísticas donde se generan las mejores
ofertas de empleos y un mayor poder adquisitivo. Un territorio que crece de
manera desordenada y sin planificación es una “bomba” de tiempo, una amenaza
para el desarrollo y para el medio ambiente.
Al final de este ensayo compartimos las recomendaciones
que deben ser tomadas en cuenta al momento de aplicar un plan de OT en la República
Dominicana y en provincias especiales como La Altagracia. Estas recomendaciones
surgen luego evaluar la situación actual del territorio y de los levantamientos
que han realizado técnicos especializados en la materia.
La República Dominicana no puede esperar más para su
reordenamiento, si quiere cumplir con los objetivos de la agenda global 2030,
si quiere colocarse entre los países de primer mundo en sostenibilidad y cuidado
del medio ambiente, y no menos importante, si queremos mejorar la calidad de
vida de nuestros ciudadanos, la ejecución del plan nacional de Ordenamiento Territorial
y sus reglamentos debe ser ya.
Recomendaciones
Las políticas de Ordenamiento Territorial deben responder
a los problemas críticos de carácter estratégico que han sido priorizados a
partir del diagnóstico integrado del PNOT, definiendo:
·
Los
OBJETIVOS que deben orientar las acciones del Estado Dominicano en el
territorio nacional;
·
Las
directrices o lineamientos generales para el uso y ocupación del suelo en el
territorio nacional, que servirán de marco de referencia para la planificación
regional y local; y
·
Las
directrices o lineamientos generales para la armonización de los instrumentos
de gestión de los distintos niveles de gobierno en el territorio.
Complementariamente estas políticas definen:
Ø La estrategia de implementación desde el nivel
nacional hacia el regional y el local; y
Ø Cómo se articularán para su implementación los dos
Ministerios que comparten roles de Rectoría en materia de Ordenamiento
Territorial: el MEPyD (a través de la DGODT) y el Ministerio de Medio Ambiente
y Recursos Naturales, junto a los demás órganos competentes del Estado y éstos
con el nivel regional y local.
En tal sentido se ha remedado lo siguiente:
1.
Ley
de zonificación ambiental.
Se debe respetar el uso de suelo según su morfología, y lo mas importante,
respetar las áreas protegidas en cada demarcación. Identificación de las áreas agrícolas
para el cultivo, las áreas con vocación para la ganadería y las áreas protegidas
no urbanizables. En polo turístico como Punta cana se recomienda que las áreas protegidas
no urbanizables sean exploradas y utilizadas para proyectos eco turísticos, tomando
en cuenta la protección de la biodiversidad existente y el impacto ambiental. También
se recomienda trabajar con un plan de remediación de las áreas que han sido dañadas,
tales como manglares, lagunas, etc. El turismo puede convivir con el medio
ambiente.
2.
Ley
de zonificación urbana. La
ciudad debe diseñarse y ordenarse en cada uno de los principales ejes de
desarrollo. En lo social, se deben construir viviendas dignas y al mismo
tiempo se debe implementar un plan de reubicación de familias que viven lugares
vulnerables a desastres naturales. En lo educativo, la construcción de
escuelas de acuerdo a los asentamientos urbanos. Se debe establecer la construcción
de centros educativos por cierto porcentaje de habitantes en cada comunidad. En
salud, se deben establecer las zonas hospitalarias donde allí sólo se construyan
infraestructura destinadas a ofrecer servicios de salud. Finalmente, se
recomienda identificar zonas urbanas para nuevos medios productivos, es decir,
señalar las zonas para el desarrollo industrial lo que representa nuevas
ofertas de empleos y nuestra economía no dependerá solo del turismo.
3.
Movilidad
y tránsito. El libre
transito es un derecho constitucional para cada ciudadano. La movilidad es un
indicador del desarrollo de los pueblos, por consiguiente, es vital que un plan
de Ordenamiento Territorial contemple la interconexión de los barrios o
sectores. El parque vehicular aumenta cada año y si no se planifica las vías
secundarias e internas la ciudad colapsa. Se debe identificar las vías para el tránsito
de vehículos pesados, las zonas de estacionamiento y de descarga en los
comercios de la ciudad.
4.
Seguridad
ciudadana y comité de Prevención y Mitigación de Riesgos. Se recomienda identificar las zonas vulnerables. La ciudad
debe contar con sistema de prevención y repuestas a los posibles eventos climáticos
que se presentan en la isla. La ciudadanía debe transitar de manera segura, un
buen sistema de red de cámaras de seguridad en las principales calles y avenidas
de la ciudad ayudara a prevenir y combatir el crimen organizado.
5.
Sistema
institucional. La instalación
de las oficinas públicas por parte del Estado ayudara a que los ciudadanos no
tengan que trasladarse hasta la capital del país para demandar un servicio.
Bibliografía
Ø
Historia
y geografía de la República Dominicana. www.wikipedia.org
Ø
Constitución
del año 2010 de la República Dominicana.
Ø
Ley
368-22 de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos.
Ø
Ley
64-00 Sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales
Ø
Ley No. 675 SOBRE URBANIZACIÓN,
ORNATO PÚBLICO Y CONSTRUCCIONES.
Ø
Resolución
007/2012 que establece el plan de Ordenamiento Territorial Turístico de la zona
de Punta Cana.
Ø
Documento
de consulta Plan Nacional de Ordenamiento Territorial 2030 (PNOT) https://www.observatorioplanificacion.cepal.org
Anexos
Mapa
división política de la República Dominicana
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